{"id":32,"date":"2013-05-02T21:57:11","date_gmt":"2013-05-02T21:57:11","guid":{"rendered":"http:\/\/apacbc.wordpress.com\/?page_id=32"},"modified":"2013-05-02T21:57:11","modified_gmt":"2013-05-02T21:57:11","slug":"estatutos-de-la-asociacion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/quienes-somos\/estatutos-de-la-asociacion\/","title":{"rendered":"Estatutos de la Asociaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p align=\"center\"><em><b>CAP\u00cdTULO PRIMERO<br \/>\n<\/b><b>DE LA DENOMINACI\u00d3N, DOMICILIO, NATURALEZA Y FINES<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 1\u00ba<br \/>\n<\/b>La \u00abASOCIACI\u00d3N DE PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO NUESTRA SE\u00d1ORA DEL BUEN CONSEJO\u00bb se constituye en el Centro Docente \u00abNuestra Se\u00f1ora del Buen Consejo\u00bb al amparo del Art. 22 C.E., que se regir\u00e1 por la Ley Org\u00e1nica 8\/1985 de 3 de julio, sobre el Derecho a la Educaci\u00f3n y el Real Decreto 1533\/1986 de 11 de julio, por el que se regulan las asociaciones de Padres de Alumnos, as\u00ed como por la Ley Org\u00e1nica 1\/2002 de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n y normas concordantes y las que en cada momento le sean aplicables, y por los Estatutos vigentes y los dem\u00e1s textos legales complementarios.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 2\u00ba<br \/>\n<\/b>El domicilio de la Asociaci\u00f3n se fija en el mismo Centro Docente \u00abNuestra Se\u00f1ora del Buen Consejo\u00bb, calle Juan Montalvo 30 de Madrid (C.P. 28040).<br \/>\nEl cambio de domicilio, aprobado por simple acuerdo de la Junta Directiva, no implica cambio de los presente Estatutos.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 3\u00ba<br \/>\n<\/b>Se constituye la Asociaci\u00f3n por tiempo indefinido, con personalidad jur\u00eddica propia y gozar\u00e1 de plena capacidad para adquirir, poseer, gravar o enajenar, por t\u00edtulo oneroso o lucrativo, toda clase de bienes, as\u00ed como para realizar los actos y otorgar todos los contratos convenientes para sus fines.<br \/>\nEl \u00e1mbito de actuaci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n queda circunscrito al Municipio de Madrid, careciendo la misma de \u00e1nimo de lucro.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 4\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asociaci\u00f3n tendr\u00e1 como fin primordial actuar como colaboradora y mediadora entre los Asociados y la Comunidad Educativa, y servir de enlace entre los Asociados y la Administraci\u00f3n, mediante el desarrollo de los siguientes cometidos:<br \/>\n\u00b7 Asistir a los Asociados en todo aquello que concierne a la educaci\u00f3n de sus hijos o pupilos.<br \/>\n\u00b7 Colaborar en las actividades educativas del Centro.<br \/>\n\u00b7 Promover la participaci\u00f3n y asistir a sus Asociados en el ejercicio de sus derechos, de conformidad a lo previsto en la legislaci\u00f3n, nacional o auton\u00f3mica, aplicable.<br \/>\n\u00b7 Facilitar la representaci\u00f3n y participaci\u00f3n de sus Asociados en el Consejo o Consejos Escolares y otros \u00f3rganos de participaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Promover actividades y servicios asistenciales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos, de previsi\u00f3n social, etc., para las familias asociadas.<br \/>\n\u00b7 Cooperar con la Comunidad Educativa para que \u00e9sta sea fiel reflejo del ideario agustiniano del Centro.<br \/>\n\u00b7 Fomentar relaciones de colaboraci\u00f3n con otras entidades, federaciones, y confederaciones con finalidades comunes.<br \/>\n\u00b7 En general, cuantos servicios y actividades constituyan el mejor cumplimiento de los fines de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>CAP\u00cdTULO SEGUNDO<br \/>\n<\/b><b>DE LOS ASOCIADOS<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 5\u00ba<br \/>\n<\/b>Ser\u00e1n socios los Padres, Madres o Tutores legales de los alumnos matriculados en el Centro Escolar, debiendo manifestar su deseo de pertenecer a la Asociaci\u00f3n, aceptando expresamente los Estatutos de la misma.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 6\u00ba<br \/>\n<\/b>Se pierde la condici\u00f3n de socios y se causa baja en la Asociaci\u00f3n por:<br \/>\na)\u00a0Renuncia del interesado.<br \/>\nb) Por acuerdo de la Junta Directiva, tomado en votaci\u00f3n secreta, cuando la conducta del asociado hiciera incompatible su permanencia o cuando cometiera alg\u00fan acto lesivo al buen nombre o intereses de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\nc) Por falta de pago de la cuota establecida por la Asamblea General. En casos especiales la Junta Directiva podr\u00e1 eximir temporalmente del pago de la cuota.<br \/>\nd) Incumplimiento de las obligaciones que imponen los presente Estatutos, o de los acuerdos tomados por la Asamblea General o Junta Directiva.<br \/>\ne)\u00a0Dejar de ser sus hijos o pupilos alumnos del Centro.<br \/>\nLas causas que se especifican en los apartados b) y d) deber\u00e1n ser fundamentadas en un informe, tras la audiencia previa del interesado, que podr\u00e1 ser recurrido ante la propia Junta Directiva. Su aprobaci\u00f3n deber\u00e1 ser ratificada en la primera Asamblea General.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 7\u00ba<br \/>\n<\/b>Son derechos de los Socios:<br \/>\n\u00b7 Asistir con voz y voto a las Asambleas Generales de Asociados.<br \/>\n\u00b7 Elegir y ser elegido para los cargos directivos de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Tomar parte en las actividades de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Utilizar los servicios sociales que puedan establecerse.<br \/>\n\u00b7 Elevar propuestas a la Junta Directiva.<br \/>\n\u00b7 Los detallados en el art. 21 de la L.O. 1\/2002.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 8\u00ba<br \/>\n<\/b>Son deberes de los Socios:<br \/>\n\u00b7 Contribuir econ\u00f3micamente al sostenimiento de la Asociaci\u00f3n en la forma determinada en los presente Estatutos.<br \/>\n\u00b7 Aceptar y hacer observar los Estatutos, Reglamentos, Disposiciones y Acuerdos de sus \u00f3rganos.<br \/>\n\u00b7 Colaborar para el cumplimiento de los fines de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Los detallados en el art. 22 de la L.O. 1\/2002.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>CAP\u00cdTULO TERCERO<br \/>\n<\/b><b>DE LOS \u00d3RGANOS DE GOBIERNO<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 9\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asociaci\u00f3n estar\u00e1 regida por:<br \/>\n\u00b7 La Asamblea General.<br \/>\n\u00b7 La Junta Directiva.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 10\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asamblea General ostenta la representaci\u00f3n m\u00e1xima de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 11\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asamblea General est\u00e1 constituida por todos los asociados y se reunir\u00e1:<br \/>\n\u00b7 Con <b>car\u00e1cter ordinario<\/b>, durante el primer trimestre del curso escolar. En dicha reuni\u00f3n se someter\u00e1 por la Junta Directiva a su aprobaci\u00f3n la Memoria de Actividades, las Cuentas del ejercicio anterior y el Presupuesto Anual.<br \/>\n\u00b7 Con <b>car\u00e1cter extraordinario<\/b>, por convocatoria de la Junta Directiva o cuando lo soliciten en escrito dirigido al Presidente, con el orden del d\u00eda a tratar, un n\u00famero de socios no inferior al 10%. Por su car\u00e1cter extraordinario en estas Asambleas no podr\u00e1n tratarse otros asuntos que los que fueran objeto de la convocatoria.<br \/>\nLa citaci\u00f3n para cualquier reuni\u00f3n de la Asamblea General, sea ordinaria o extraordinaria, deber\u00e1 hacerse por la Junta Directiva, con un plazo de quince d\u00edas, como m\u00ednimo, anterior a la fecha en que haya de celebrarse.<br \/>\nLa citaci\u00f3n para la Asamblea General se har\u00e1 mediante:<br \/>\na) Notificaci\u00f3n individual.<br \/>\nb) Bolet\u00edn social.<br \/>\nc) Tabl\u00f3n de anuncios del Centro Escolar.<br \/>\nLa convocatoria llevar\u00e1 expreso el orden del d\u00eda con los asuntos a tratar.<br \/>\nA todas las Asambleas se invitar\u00e1 al Director del Colegio, con voz pero sin voto, quien, en su caso, podr\u00e1 delegar en otra persona.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 12\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asamblea General se considerar\u00e1 v\u00e1lidamente constituida en primera convocatoria cuando exista mayor\u00eda de socios, y treinta minutos despu\u00e9s, en segunda convocatoria, con cualquier n\u00famero de socios asistentes.<br \/>\nEl Asociado que, no pudiendo acudir a la Asamblea, desee delegar su representaci\u00f3n, deber\u00e1 rellenar la correspondiente ficha de delegaci\u00f3n en las oficinas de la Asociaci\u00f3n, acompa\u00f1ando fotocopia de su Documento Nacional de Identidad, al menos cinco d\u00edas antes de la fecha fijada para la Asamblea.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 13\u00ba<br \/>\n<\/b>Son atribuciones de la <b>Asamblea General Ordinaria<\/b>, con <b>mayor\u00eda simple de votos<\/b> de los presentes o representados, las siguientes:<br \/>\n\u00b7 Elegir a los miembros de la Junta Directiva.<br \/>\n\u00b7 Examinar la actuaci\u00f3n de la Junta Directiva para su aprobaci\u00f3n o reprobaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Aprobar los presupuestos de Gastos e Ingresos y las cuentas correspondientes a la liquidaci\u00f3n de los mismos, la Memoria y el Balance, si procediera.<br \/>\n\u00b7 Determinar el importe de las cuotas ordinarias y extraordinarias que se consideren oportunas.<br \/>\nSon atribuciones de la <b>Asamblea General Extraordinaria<\/b>, con <b>mayor\u00eda cualificada de votos <\/b>que resultar\u00e1 cuando los votos afirmativos superen los dos tercios de los asistentes con derecho a voto, las siguientes:<br \/>\n\u00b7 Modificaci\u00f3n de los Estatutos.<br \/>\n\u00b7 Disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Solicitud de declaraci\u00f3n de Utilidad P\u00fablica.<br \/>\n\u00b7 Disposici\u00f3n o enajenaci\u00f3n de bienes.<br \/>\n\u00b7 Constituci\u00f3n de Federaci\u00f3n o integraci\u00f3n en alguna de las ya constituidas.<br \/>\n\u00b7 Aquellas otras que se deriven de su naturaleza como \u00f3rgano supremo de la Asociaci\u00f3n y, en especial, el examen y consideraci\u00f3n de cuantas gestiones le sean sometidas por la Junta Directiva en raz\u00f3n de su importancia o trascendencia.<\/p>\n<p style=\"text-align:center;\"><b>\u00a0<\/b><em><b>DE LA JUNTA DIRECTIVA<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 14\u00ba<br \/>\n<\/b>La Junta Directiva es el \u00f3rgano rector de la Asociaci\u00f3n, y para ello gozar\u00e1 de las m\u00e1s amplias facultades, salvo aquellas asignadas especialmente a la Asamblea General.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 15\u00ba<br \/>\n<\/b>La Junta Directiva estar\u00e1 formada por:<br \/>\n\u00b7 Presidente.<br \/>\n\u00b7 Vicepresidente.<br \/>\n\u00b7 Secretario.<br \/>\n\u00b7 Vicesecretario.<br \/>\n\u00b7 Tesorero.<br \/>\n\u00b7 Vicetesorero.<br \/>\n\u00b7 Vocales. El n\u00famero que se considere necesario para llevar a cabo las actividades que surjan en el seno de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\nLos miembros de la Junta Directiva no podr\u00e1n superar el n\u00famero de diecisiete.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 16\u00ba.<br \/>\n<\/b>Corresponde a la Junta Directiva:<br \/>\n\u00b7 El gobierno de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Convocar las reuniones de la Asamblea General, redactando el Orden del d\u00eda de las mismas.<br \/>\n\u00b7 Crear comisiones o vocal\u00edas para el desarrollo de las actividades correspondientes.<br \/>\n\u00b7 Elaborar los presupuestos anuales de gastos e ingresos y las cuentas correspondientes a su liquidaci\u00f3n, as\u00ed como la Memoria y el Balance si procede.<br \/>\n\u00b7 Determinar el sistema recaudatorio de las cuotas, tanto ordinarias como extraordinarias.<br \/>\n\u00b7 Formalizar la baja de los asociados conforme a lo que se establece en los presentes Estatutos.<br \/>\n\u00b7 Interpretar los presentes Estatutos.<br \/>\n\u00b7 Estudiar la constituci\u00f3n de Federaci\u00f3n o integraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n en alguna de las ya constituidas, y presentar la propuesta a la Asamblea General para su aprobaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Cualesquiera otras no reservadas a la Asamblea General.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 17\u00ba<br \/>\n<\/b>Para ser miembro de la Junta Directiva ser\u00e1 necesario ser mayor de edad, en pleno uso de los derechos civiles, no estar incurso en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislaci\u00f3n vigente, y estar al corriente en el pago de cuotas, derramas y dem\u00e1s aportaciones sociales.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 18\u00ba<br \/>\n<\/b>Los miembros de la Junta ser\u00e1n elegidos en votaci\u00f3n por la Asamblea General de entre las candidaturas integradas por:<br \/>\n\u00b7 Socios que libremente lo soliciten.<br \/>\n\u00b7 Socios presentados por la Junta General.<br \/>\n\u00b7 Socios presentados por diez o m\u00e1s asociados.<br \/>\n\u00b7 Estas candidaturas deber\u00e1n ser presentadas a la Junta Directiva con un plazo m\u00ednimo de diez d\u00edas h\u00e1biles previos a la celebraci\u00f3n de la Asamblea General.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 19\u00ba<br \/>\n<\/strong>Los cargos directivos se desempe\u00f1ar\u00e1n por per\u00edodos de 4 a\u00f1os. Todos los miembros podr\u00e1n ser reelegidos.<br \/>\nLa renovaci\u00f3n de los miembros de la Junta Directiva se har\u00e1 por mitad cada dos a\u00f1os, llev\u00e1ndose a cabo conforme al siguiente orden:<br \/>\na) La primera renovaci\u00f3n ser\u00e1 la de:<br \/>\n\u00b7 El Vicepresidente<br \/>\n\u00b7 El Secretario<br \/>\n\u00b7 El Vicetesorero<br \/>\n\u00b7 Los Vocales con n\u00famero impar<br \/>\nb) La segunda renovaci\u00f3n ser\u00e1:<br \/>\n\u00b7 El Presidente<br \/>\n\u00b7 El Vicesecretario<br \/>\n\u00b7 El Tesorero<br \/>\n\u00b7 Los Vocales con n\u00famero par<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 20\u00ba<br \/>\n<\/b>La renovaci\u00f3n de los cargos se entender\u00e1 producida al t\u00e9rmino de la Asamblea General en que se haya llevado a cabo.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 21\u00ba<br \/>\n<\/b>Las personas designadas para el desempe\u00f1o de las funciones dentro de la Junta Directiva cesar\u00e1n por alguna de las siguientes causas:<br \/>\n\u00b7 Cuando se pierda la condici\u00f3n de asociado.<br \/>\n\u00b7 Por incumplimiento de las obligaciones que tuvieran encomendadas cuando as\u00ed lo acuerde la Asamblea General.<br \/>\n\u00b7 Por expiraci\u00f3n del mandato.<br \/>\n\u00b7 Por renuncia voluntaria comunicada por escrito a la Junta Directiva.<br \/>\n\u00b7 Ausencia injustificada a m\u00e1s de un tercio de las reuniones de la Junta.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 22\u00ba<br \/>\n<\/b>Cuando un cargo de la Junta Directiva quede vacante, \u00e9sta designar\u00e1 al socio que debe reemplazarlo, previa aceptaci\u00f3n de \u00e9ste, hasta la pr\u00f3xima Asamblea General.<br \/>\nLa duraci\u00f3n de su nombramiento finaliza al terminar el per\u00edodo para el que fue elegido el sustituido.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 23\u00ba<br \/>\n<\/b>En caso de cese de la totalidad de miembros de la Junta Directiva, estos continuar\u00e1n desempe\u00f1ando sus cargos, en funciones, hasta el momento en que se produzca el nombramiento de la nueva Junta Directiva.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 24\u00ba<br \/>\n<\/b>La Junta Directiva debe reunirse como m\u00ednimo una vez al mes en per\u00edodo lectivo, convocada por el Presidente, y con car\u00e1cter extraordinario, a instancia de tres de sus miembros, cuantas veces lo determine su Presidente y a petici\u00f3n de la Direcci\u00f3n del Centro.<br \/>\nEn su convocatoria se contendr\u00e1 el Orden del d\u00eda de los asuntos a tratar y deber\u00e1 anunciarse con una antelaci\u00f3n de cinco d\u00edas naturales mediante papeleta personal.<br \/>\nA las reuniones de la Junta Directiva se invitar\u00e1 al Director del Colegio, con voz pero sin voto, quien, en su caso, podr\u00e1 delegar en otra persona.<br \/>\nEn per\u00edodos no lectivos, y para el caso de que surgieran cuestiones de car\u00e1cter urgente, el Presidente podr\u00e1 designar una comisi\u00f3n de entre los miembros de la Junta Directiva, para resolver y decidir sobre ellos.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 25\u00ba<br \/>\n<\/b>Los acuerdos se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda simple de las personas presentes, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. En caso de empate el voto del Presidente ser\u00e1 de calidad.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 26\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asociaci\u00f3n tendr\u00e1 como Consejero a la persona que designe la Titularidad del Centro, que cooperar\u00e1 en las deliberaciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General, con voz pero sin voto.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DEL PRESIDENTE<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 27\u00ba<br \/>\n<\/b>Corresponde al Presidente:<br \/>\n\u00b7 La representaci\u00f3n legal de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Convocar las reuniones de la Junta Directiva y determinar el Orden del d\u00eda de las mismas.<br \/>\n\u00b7 Presidir y dirigir las reuniones de los \u00f3rganos de Gobierno de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Autorizar con su firma las actas, citaciones, certificaciones y, en general, todos los documentos de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Cumplir y hacer cumplir los acuerdos adoptados por cualquiera de los \u00f3rganos de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Adoptar resoluciones de urgencia debiendo dar cuenta a la Junta Directiva en un plazo m\u00e1ximo de seis d\u00edas.<br \/>\n\u00b7 En general, desempe\u00f1ar cualquier actividad que pueda contribuir al mejor cumplimiento de los fines sociales.<br \/>\n\u00b7 Cualquiera otro que oportunamente le encomiende la Asamblea General o la Junta Directiva.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DEL VICEPRESIDENTE<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 28\u00ba<br \/>\n<\/b>El Vicepresidente sustituir\u00e1 al Presidente en caso de ausencia, vacante o enfermedad y tendr\u00e1 las mismas atribuciones que \u00e9l. Tambi\u00e9n colaborar\u00e1 en cuantas funciones le delegue o encomiende, e impulsar\u00e1 y coordinar\u00e1 el funcionamiento de las Comisiones o Vocal\u00edas que se creen en el seno de la Junta Directiva.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DEL SECRETARIO<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 29\u00ba<br \/>\n<\/b>Corresponde al Secretario:<br \/>\n\u00b7 Actuar como tal en las sesiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, extendiendo y firmando las Actas de las mismas consign\u00e1ndolas en el oportuno Libro.<br \/>\n\u00b7 Cursar las convocatorias para reuniones y asambleas.<br \/>\n\u00b7 Contestar la correspondencia oficial de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Ser depositario del archivo de documentos.<br \/>\n\u00b7 Llevar el registro y fichero de asociados, dando cuenta al tesorero de las Altas y Bajas que se produzcan.<br \/>\n\u00b7 Informar en las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General sobre cuantos documentos se presenten a las mismas.<br \/>\n\u00b7 Redactar la Memoria anual de las actividades de la Asociaci\u00f3n en uni\u00f3n del Tesorero.<br \/>\n\u00b7 Expedir las certificaciones que sean pertinentes sobre acuerdos y actos de la entidad con el visto bueno del Presidente.<br \/>\n\u00b7 Llevar los asuntos administrativos de la Asociaci\u00f3n.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 30\u00ba<br \/>\n<\/b>En los casos de ausencia del Secretario, ser\u00e1 sustituido por el Vicesecretario con iguales atribuciones, adem\u00e1s de colaborar con \u00e9l en cuantas atribuciones le encomiende o delegue.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DEL TESORERO<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 31\u00ba<br \/>\n<\/b>Son funciones del Tesorero:<br \/>\n\u00b7 Autorizar con su firma mancomunada con la del Presidente o la del Vocal o vocales designados, los cheques, documentos de pagos y cobros en general.<br \/>\n\u00b7 Custodiar los documentos relativos a cobros y pagos de la Asociaci\u00f3n y, en general, cuanto se refiera al control de ingresos y gastos.<br \/>\n\u00b7 Ingresar las cantidades recaudadas por todos los conceptos en las cuentas de la Asociaci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Formular los proyectos de presupuestos e ingresos y gastos que han de someterse a la Junta Directiva para su aprobaci\u00f3n posterior en la Asamblea.<br \/>\n\u00b7 Y, en general, cuantos asuntos de orden econ\u00f3mico y financiero deba conocer o resolver la Asamblea General o la Junta Directiva.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 32\u00ba<br \/>\n<\/b>En los casos de ausencia del Tesorero, ser\u00e1 sustituido por el Vicetesorero con iguales atribuciones, adem\u00e1s de colaborar con \u00e9l en cuantas atribuciones le encomiende o delegue.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DE LOS VOCALES<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 33\u00ba<br \/>\n<\/b>Los Vocales:<br \/>\n\u00b7 Asistir\u00e1n con voz y voto a las reuniones de la Junta Directiva y ejecutar\u00e1n las funciones que les sean encomendadas.<br \/>\n\u00b7 Presidir\u00e1n las reuniones de los asociados que integren las vocal\u00edas o comisiones, transmitiendo a la Junta los acuerdos tomados, consiguiendo las autorizaciones pertinentes para su ejecuci\u00f3n.<br \/>\n\u00b7 Realizar aquellas actividades o funciones concretas que la Junta Directiva acuerde o delegue en ellos.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>CAP\u00cdTULO CUARTO<br \/>\n<\/b><b>DEL R\u00c9GIMEN ECON\u00d3MICO<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 34\u00ba<br \/>\n<\/b>Los recursos econ\u00f3micos previstos para el desarrollo de los fines y actividades de la Asociaci\u00f3n ser\u00e1n los siguientes:<br \/>\n\u00b7 Las cuotas y aportaciones de socios, peri\u00f3dicas o extraordinarias, acordadas por la Asamblea General.<br \/>\n\u00b7 Los rendimientos del capital que produzcan sus bienes.<br \/>\n\u00b7 Las donaciones, legados o herencias que pudieran recibir de forma legal por parte de los asociados o de terceras personas.<br \/>\n\u00b7 Las subvenciones a las que pudiere tener derecho por parte de Organismos P\u00fablicos, Estatales, Auton\u00f3micos, Locales, de la Comunidad Europea o de cualquier otro estamento.<br \/>\n\u00b7 Cualquier otro recurso l\u00edcito.<br \/>\nA los efectos oportunos se hace constar que la Asociaci\u00f3n carece de patrimonio inicial.<br \/>\nEl cierre del ejercicio asociativo coincidir\u00e1 con el 31 de agosto.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 35\u00ba<br \/>\n<\/b>Para contribuir al sostenimiento de la Asociaci\u00f3n, los Asociados abonar\u00e1n una cuota social que se establecer\u00e1 anualmente en la cantidad y periodicidad que la Asamblea acuerde.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 36\u00ba<br \/>\n<\/b>Se establece como presupuesto anual inicial el de DIECIOCHO MIL (18.000,-) EUROS.<br \/>\nEsta cifra podr\u00e1 ser alterada por acuerdo de la Asamblea General, sin que suponga modificaci\u00f3n formal de los Estatutos, al aprobar los presupuestos correspondientes a futuros ejercicios.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 37\u00ba<br \/>\n<\/b>La facultad de disponer del patrimonio de la Asociaci\u00f3n corresponde a la Asamblea General de Asociados. Su administraci\u00f3n, conforme a lo que se establezca en los presupuestos anuales, a la Junta Directiva.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 38\u00ba<br \/>\n<\/b>Los fondos de la Asociaci\u00f3n ser\u00e1n depositados en un Banco o Caja seleccionado por la Junta Directiva. Para el manejo de las cuentas bancarias deber\u00e1n reconocerse en la correspondiente Entidad las firmas del Presidente, Tesorero y otro miembro designado por la Junta Directiva, siendo necesaria la firma de dos de los miembros designados para retirar cualquier cantidad.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 39\u00ba<br \/>\n<\/b>La administraci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n se regir\u00e1 por presupuesto de INGRESOS y GASTOS.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 40\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asamblea General designar\u00e1 dos censores de cuentas para que emitan informes sobre la liquidaci\u00f3n presupuestaria subsiguiente.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 41\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asociaci\u00f3n dispondr\u00e1 de una relaci\u00f3n actualizada de asociados.<br \/>\nAsimismo, la Asociaci\u00f3n tendr\u00e1 un Libro de Actas donde figurar\u00e1n las corres-pondientes a las reuniones que celebren sus \u00f3rganos de gobierno y representaci\u00f3n.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>CAP\u00cdTULO V<br \/>\n<\/b><b>DE LA MODIFICACI\u00d3N DE LOS ESTATUTOS Y DISOLUCI\u00d3N DE LA ASOCIACI\u00d3N<\/b><\/em><\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 42\u00ba<br \/>\n<\/b>Para la modificaci\u00f3n de los Estatutos ser\u00e1 preciso el acuerdo adoptado por mayor\u00eda cualificada de los asociados presentes y representados en la Asamblea General Extraordinaria convocada a tal fin.<\/p>\n<p><b>Art\u00edculo 43\u00ba<br \/>\n<\/b>La Asociaci\u00f3n se disolver\u00e1:<br \/>\n\u00b7 Por acuerdo de la Asamblea General y en los dem\u00e1s casos previstos por la Ley.<br \/>\n\u00b7 En la Asamblea general ser\u00e1 preceptivo el nombramiento de una Junta Liquidadora que, en sustituci\u00f3n de la Junta Directiva, se encargue de la direcci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n hasta la completa liquidaci\u00f3n de la misma.<br \/>\n\u00b7 El haber l\u00edquido resultante de la disoluci\u00f3n de la Asociaci\u00f3n se destinar\u00e1 a obras ben\u00e9ficas o sociales que consten en el acuerdo de disoluci\u00f3n, preferentemente relacionadas con la Entidad Titular del Centro.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DISPOSICI\u00d3N ADICIONAL<\/b><\/em><\/p>\n<p>En todo cuanto no est\u00e9 previsto en los presentes Estatutos se aplicar\u00e1 la vigente Ley Org\u00e1nica 1\/2002 de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociaci\u00f3n, la Ley Org\u00e1nica 8\/1985 de 3 de julio reguladora del Derecho a la Educaci\u00f3n y las disposiciones complementarias.<\/p>\n<p align=\"center\"><em><b>DISPOSICI\u00d3N FINAL<\/b><\/em><\/p>\n<p>Previo acuerdo de la Asamblea General, la Asociaci\u00f3n podr\u00e1 agruparse o federarse con otras asociaciones de Padres de Alumnos de la zona para un mejor cumplimiento de sus fines.<\/p>\n<p align=\"center\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>CAP\u00cdTULO PRIMERO DE LA DENOMINACI\u00d3N, DOMICILIO, NATURALEZA Y FINES Art\u00edculo 1\u00ba La \u00abASOCIACI\u00d3N DE PADRES DE FAMILIA DEL COLEGIO NUESTRA SE\u00d1ORA DEL BUEN CONSEJO\u00bb se constituye en el Centro Docente \u00abNuestra Se\u00f1ora del Buen Consejo\u00bb al amparo del Art. 22 &hellip; <a href=\"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/quienes-somos\/estatutos-de-la-asociacion\/\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":23,"menu_order":22,"comment_status":"closed","ping_status":"open","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-32","page","type-page","status-publish","hentry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/32"}],"collection":[{"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=32"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/32\/revisions"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/23"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/apacbc.es\/apahistorico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=32"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}